Abogado de herencias con inmuebles en Marbella.
Del certificado de últimas voluntades a la inscripción en el Registro, sin que se le pase un plazo.
Heredar una vivienda en Marbella cuando el fallecido o los herederos son extranjeros mezcla dos sistemas jurídicos y unos plazos fiscales que corren desde el fallecimiento. Le decimos qué ley se aplica, reunimos los documentos de aquí y de su país y le acompañamos hasta inscribir la vivienda a nombre de los herederos.
01
Qué ley rige la herencia de un extranjero
El Reglamento europeo de sucesiones (Reglamento (UE) 650/2012) somete toda la herencia a la ley del país donde el fallecido tenía su residencia habitual. Si vivía en Marbella, rige en principio la ley española, que reserva a los hijos dos tercios de la herencia como legítima.
Pero cualquiera puede elegir en su testamento la ley de su nacionalidad, aunque no sea la de un Estado de la Unión. Y si la herencia se tramitó en otro país de la Unión, el certificado sucesorio europeo expedido allí sirve para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad español.
02
Los pasos de una herencia con vivienda en Marbella
El orden habitual, que podemos completar con un poder notarial si los herederos viven fuera:
- Certificados de actos de última voluntad y de seguros con cobertura de fallecimiento, que se piden pasados quince días hábiles desde el fallecimiento.
- Testamento o, si no lo hay, declaración de herederos ante notario; si el testamento es extranjero, con apostilla y traducción jurada.
- NIE de cada heredero, inventario de bienes y deudas en España y valoración de la vivienda.
- Impuesto de Sucesiones y plusvalía municipal.
- Escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante notario e inscripción en el Registro de la Propiedad.
03
Impuesto de Sucesiones y plusvalía en Andalucía
En Andalucía, los grupos I y II (hijos, cónyuge, padres y abuelos) tienen una reducción de hasta 1.000.000 € por heredero y una bonificación del 99 % de la cuota, y la vivienda habitual del fallecido se reduce un 99 % con los requisitos de la ley. Hermanos, sobrinos y demás parientes o extraños (grupos III y IV) no tienen esa bonificación. Los no residentes también pueden aplicar la normativa andaluza si el fallecido vivía en Andalucía o, si vivía fuera de España, si aquí están sus bienes españoles de más valor.
El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, con una prórroga de otros seis que se pide en los cinco primeros. La plusvalía municipal se declara en seis meses, prorrogables hasta un año, y no se paga si el terreno no ha ganado valor. Sin justificar la plusvalía, el Registro no inscribe la herencia.
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Testamento español y herencias de británicos
Si tiene una vivienda en Marbella, un testamento ante notario español para sus bienes en España ahorra meses a sus herederos: no necesita apostilla ni traducción y en él puede elegir la ley de su nacionalidad. Lo coordinamos con el de su país para que uno no revoque al otro.
El Reino Unido nunca quedó vinculado por el Reglamento, pero España lo aplica igual a la herencia de un británico: si residía en Marbella rige la ley española, salvo que eligiera en su testamento la de su nacionalidad. Allí no se expide certificado sucesorio europeo, así que trabajamos con los documentos británicos apostillados y traducidos.
Preguntas frecuentes
Lo que nos preguntan.
¿Qué plazo hay para pagar el Impuesto de Sucesiones en Andalucía?
Seis meses desde el fallecimiento. La prórroga de otros seis meses solo se concede si se pide dentro de los cinco primeros, y genera intereses de demora.
¿Cuánto paga un hijo por heredar la casa de sus padres en Marbella?
En Andalucía, hijos, cónyuge y padres tienen una reducción de hasta 1.000.000 € por heredero y una bonificación del 99 % de la cuota, así que la carga suele ser reducida. Aparte va la plusvalía municipal. Le damos el cálculo antes de firmar.
Mi padre era británico y vivía en Marbella. ¿Qué ley se aplica a su herencia?
La española, porque tenía aquí su residencia habitual, salvo que en su testamento eligiera la ley de su nacionalidad. El Brexit no cambia esa regla.
Ya tengo testamento en mi país. ¿Necesito otro en España?
No es obligatorio, pero un testamento extranjero hay que apostillarlo y traducirlo, y a veces probar el derecho extranjero. Un testamento español para los bienes de aquí, coordinado con el de su país, ahorra tiempo a sus herederos.
¿Tengo que viajar a España para aceptar la herencia?
No. Con un poder notarial, otorgado aquí o en su país con apostilla, firmamos por usted la aceptación, liquidamos los impuestos e inscribimos la vivienda.
Los plazos e importes que se citan son los vigentes en 2026 y se confirman en cada asunto.
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