Saltar al contenido

Abogado de familia y divorcio en Marbella.

Divorcio, hijos y patrimonio, con discreción y con el socio al frente.

Cuando una familia se separa en Marbella, a menudo hay más de un país en juego: nacionalidades distintas, hijos que han crecido aquí, una vivienda en la Costa del Sol y bienes fuera. Le ayudamos a decidir dónde y con qué ley tramitarlo, a cerrar un acuerdo que funcione y, si no es posible, a defenderle ante el tribunal. Con calma y total reserva.

01

Divorcio de mutuo acuerdo y contencioso

En España no hace falta alegar una causa: por regla general basta con que hayan pasado tres meses desde la boda y con que uno de los cónyuges lo pida. De mutuo acuerdo, todo se fija en un convenio regulador. Si no hay hijos menores no emancipados ni hijos mayores con medidas de apoyo judiciales a cargo de los padres, puede firmarse ante notario, sin juzgado; los cónyuges comparecen en persona y asistidos por abogado. Con hijos menores, el convenio lo aprueba el juez.

Sin acuerdo, el divorcio es contencioso. Desde 2025 la ley exige, con carácter general, intentar antes una solución negociada; una propuesta bien planteada a menudo evita el juicio. Si la situación lo pide, pueden solicitarse medidas provisionales desde el principio.

02

Divorcio internacional: dónde y con qué ley

Divorciarse en España no significa aplicar la ley española. En la Unión Europea, el Reglamento (UE) 2019/1111 decide qué tribunales son competentes, sobre todo por la residencia habitual de los cónyuges, y el Reglamento (UE) 1259/2010 (Roma III), en el que participa España, qué ley se aplica: la que los cónyuges hayan elegido por escrito o, si no eligieron, por regla general la de su residencia habitual al presentar la demanda. Elegir bien el foro puede cambiar el resultado en pensiones y bienes; lo estudiamos antes de dar ningún paso y coordinamos con su abogado en el otro país.

Un divorcio de otro Estado de la Unión se reconoce en España sin procedimiento especial. Los de fuera de la Unión, hoy también los del Reino Unido, necesitan el exequátur ante los tribunales españoles, conforme a la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.

03

Bienes, vivienda y acuerdos prematrimoniales

El régimen económico decide qué es de cada uno. Para los matrimonios celebrados desde el 29 de enero de 2019, el Reglamento (UE) 2016/1103 aplica la ley elegida por los cónyuges o, en su defecto, por regla general la de su primera residencia habitual común tras la boda. Una pareja extranjera puede seguir sujeta al régimen de su país aunque viva en Marbella; si rige el Derecho común español sin pacto, el régimen es el de gananciales.

  • Liquidación del régimen económico, con los bienes en España y fuera.
  • La vivienda común en Marbella: adjudicación a uno de los cónyuges, venta o división, con el coste fiscal calculado antes de firmar.
  • Con hijos menores y sin acuerdo, el uso de la vivienda familiar se atribuye a ellos y al progenitor con quien convivan hasta que todos sean mayores de edad.
  • Capitulaciones y acuerdos prematrimoniales, en escritura pública antes o después de la boda: separación de bienes o elección de la ley aplicable.

04

Hijos, pensiones y parejas de hecho

La custodia, las visitas, la pensión de alimentos y la pensión compensatoria pueden modificarse cuando las circunstancias cambian de forma sustancial, como un traslado a otro país o un cambio importante de ingresos. Llevamos esas modificaciones de medidas, por acuerdo o ante el juez.

Las parejas no casadas pueden inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía, conforme a la Ley 5/2002, si al menos uno de los dos reside aquí. Esa ley les deja pactar su régimen económico, durante la convivencia y para cuando termine; conviene hacerlo por escrito y ante notario.

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan.

¿Puedo divorciarme en España si nos casamos en otro país?

Sí, si los tribunales españoles son competentes, normalmente porque ustedes, o uno de ustedes, residen aquí. Lo que hay que estudiar es qué ley se aplicará al divorcio y a los bienes, que puede no ser la española.

¿Se puede hacer el divorcio ante notario?

Sí, si es de mutuo acuerdo, han pasado al menos tres meses desde la boda y no hay hijos menores no emancipados ni hijos mayores con medidas de apoyo judiciales a cargo de los padres. Los dos comparecen en persona, con abogado, ante un notario de su último domicilio común o del de cualquiera de ellos.

Me divorcié en el Reino Unido. ¿Vale ese divorcio en España?

Puede valer, pero no de forma automática: hoy las resoluciones británicas necesitan el exequátur de los tribunales españoles para producir efectos aquí, por ejemplo para cambiar la titularidad de una vivienda. Las de otros Estados de la Unión se reconocen sin ese trámite.

¿Son válidos en España los acuerdos prematrimoniales?

Sí, como capitulaciones matrimoniales en escritura pública, antes o después de la boda. Permiten pactar la separación de bienes y, en matrimonios internacionales, elegir la ley del patrimonio. Un acuerdo firmado en otro país puede valer aquí, pero conviene revisarlo antes de que haga falta.

Los plazos e importes que se citan son los vigentes en 2026 y se confirman en cada asunto.

¿Pensando en un inmueble en Marbella?

La Costa del Sol va deprisa.

Tener al abogado adecuado antes de firmar nada marca la diferencia. Escríbanos y lo hablamos.

Contactar